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VERI*FACTU · obligatorio en 2027

VeriFactu para clínicas dentales: te lo dejamos configurado

Desde 2027, cada ticket de tu clínica tiene que salir con su QR y quedar registrado en la Agencia Tributaria, también los de 5 €. No tienes que hacer nada: instalamos el programa, ponemos tu certificado, lo probamos y hacemos contigo el primer ticket.

Sociedades1 de enero de 2027Faltan 90 días
Autónomos1 de julio de 2027Faltan 270 días
Si el programa no cumple50.000 €de multa por cada año

Quiero que me lo configuréis Pruébalo aquí

O llámanos al 613 55 49 01

Pruébalo · 30 segundos

Haz un ticket y mira lo que pasa

Cobra, intenta borrarlo y quita Internet. Es lo que hará tu programa con cada ticket desde 2027.

La demostración necesita JavaScript: actívalo para hacer un ticket.

Es una demostración en tu navegador: el ticket, su QR y su huella se calculan aquí como lo hace el programa, pero no se envía nada a la Agencia Tributaria y el QR es un dibujo.

¿Te afecta?

Si das tickets con un programa, sí

  • Autónomos y sociedades que hacen sus tickets o facturas con un programa.
  • También los tickets pequeños: no hay importe mínimo. Un ticket de 5 € va igual con su QR.
  • Hasta cuánto vale un ticket: Puedes dar ticket hasta 400 €; por encima, factura completa. En peluquerías, centros de estética, comercio y hostelería, hasta 3.000 €.
  • El justificante del datáfono no es un ticket: cada cobro lleva el suyo.
  • Quedan fuera quien está en el SII, el País Vasco y Navarra, que tienen su propio sistema, quien factura a mano y quien no está obligado a facturar y no lo hace.

Si tus servicios están exentos de IVA

Estar exento de IVA no te libra. La asistencia de médicos, dentistas y demás profesionales sanitarios obliga a hacer factura o ticket aunque vaya exenta (Reglamento de facturación, artículo 3.1.a), y el programa con el que lo haces tiene que cumplir. Gestor Centro pone cada servicio exento como exento, y los productos con su IVA, en el mismo ticket.

Tu gestoría te confirma tu caso.

Lo configuramos nosotros

Tú sigues atendiendo. Nosotros lo dejamos hecho.

Va incluido al poner en marcha Gestor Centro en tu clínica.

  1. 01

    Instalamos el programa

    En el ordenador de tu mostrador, con tus servicios, tus precios y el IVA de cada uno, exento donde toca.

  2. 02

    Ponemos tu certificado

    El certificado electrónico de tu negocio, el de la sociedad o el tuyo de autónomo. Si no lo tienes, te decimos cómo pedirlo.

  3. 03

    Lo probamos

    Hacemos tickets en el entorno de pruebas de la Agencia Tributaria, antes de que cuenten de verdad.

  4. 04

    El primer ticket, contigo

    Activamos el envío y hacemos juntos el primer ticket, una rectificativa y el cierre de caja.

¿Lo dejamos hecho antes de 2027?

Escríbenos y te decimos qué necesitamos de ti y cuándo lo tienes.

Ver lo que cuestaWhatsApp

En el día a día

Lo que cambia en tu mostrador

Cada ticket, con su QR

Arriba del todo, con «QR tributario» encima y «VERI*FACTU» debajo. Tu cliente puede comprobarlo con el móvil.

Nada se borra

Cada registro lleva la huella del anterior. Si hay un error, se anula con una rectificativa y quedan los dos.

Se envía solo

A la Agencia Tributaria, con el certificado de tu negocio. Sin Internet sigues cobrando y sale al volver.

Lo que hay que saberCuándo o cuántoFuente
Obligatorio para sociedades1 de enero de 2027Real Decreto-ley 15/2025
Obligatorio para autónomos y el resto1 de julio de 2027Real Decreto-ley 15/2025
Los tickets cuentan, sea cual sea su importeSon facturas simplificadas: hasta 400 €, o hasta 3.000 € en comercio, hostelería, peluquería y bellezaReal Decreto 1619/2012, art. 4
El justificante del datáfono no es una factura—Preguntas frecuentes de la Agencia Tributaria
Quedan fueraQuien está en el SII, el País Vasco y Navarra, quien factura a mano y quien no está obligado a facturar y no lo hacePreguntas frecuentes de la Agencia Tributaria
La asistencia sanitaria exenta de IVA también se facturaMédicos, dentistas y demás profesionales sanitariosReal Decreto 1619/2012, art. 3.1.a
Multa por un programa que no cumple50.000 € por ejercicioLey General Tributaria, art. 201 bis

Esta página explica la norma en general; tu gestoría te confirma cómo te afecta a ti.

Sin letra pequeña

Preguntas sobre VeriFactu

¿Necesita VeriFactu una clínica dental?

Sí, aunque tus servicios estén exentos de IVA: la asistencia de médicos, dentistas y demás profesionales sanitarios obliga a hacer factura o ticket (Reglamento de facturación, artículo 3.1.a), y el programa con el que lo haces tiene que cumplir VERI*FACTU. Tu gestoría te confirma tu caso. Las sociedades tienen que usar un programa que cumpla desde el 1 de enero de 2027, y los autónomos desde el 1 de julio de 2027.

¿También los tickets pequeños?

Sí. No hay importe mínimo: cualquier ticket que hagas con un programa, aunque sea de un euro, sale con su QR y queda registrado. Los límites de 400 € y 3.000 € solo dicen hasta qué importe puedes dar ticket en vez de factura completa.

¿Qué tengo que hacer yo?

Con Gestor Centro, casi nada: instalamos el programa, ponemos tu certificado electrónico y tus datos, lo probamos en el entorno de pruebas de la Agencia Tributaria y hacemos contigo el primer ticket. Si no tienes certificado, te decimos cómo pedirlo.

¿Y si se va Internet?

Sigues cobrando. El ticket sale con su QR y el registro espera; en cuanto vuelve la conexión, el programa lo envía solo, en orden.

¿Puedo borrar un ticket que me he equivocado?

No. Un ticket registrado no se borra ni se cambia: se anula con una factura rectificativa y quedan los dos, encadenados. El programa la hace en dos toques.

¿Quién queda fuera?

Quien ya lleva el Suministro Inmediato de Información (SII), quien factura en el País Vasco o en Navarra, que tienen su propio sistema, quien hace las facturas a mano, sin programa, y quien no está obligado a facturar y no lo hace (la enseñanza exenta de IVA, por ejemplo). Si haces tickets o facturas con un programa, aunque no estés obligado, el programa tiene que cumplir.

¿Sirve el justificante del datáfono como ticket?

No. El justificante del datáfono es del banco, no es una factura: el ticket lo tiene que hacer tu programa.

¿Qué pasa si mi programa no cumple?

La Ley General Tributaria (artículo 201 bis) prevé una multa de 50.000 € por cada ejercicio por tener un programa de facturación que no cumple.

¿Lo dejamos listo en tu clínica antes de 2027?

Escríbenos y te lo configuramos: el programa, tu certificado y el primer ticket, contigo. Hoy no pagas nada.

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